La evolución de los Servicios de Seguridad Privada (Parte I: el marco general)

Convivimos con una muy profunda evolución de los servicios de seguridad privada y sus consecuencias, no sólo en su propio sector y puertas adentro, sino también en sus contratantes y los organismos de control. En esta serie de artículos, incursionaré en una descripción de estos fenómenos. En esta primera parte, desarrollaré un aspecto global, tanto para el sector, como para todos aquellos que se vinculan con él de una u otra forma. En futuras entregas, dedicaré mi atención al impacto de las tecnologías aplicadas a la seguridad y a la situación de los mandos medios, comúnmente conocidos como supervisores o jefes de Servicio, según corresponda.

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En América Latina, las últimas décadas pasadas trajeron un auge de los servicios de seguridad privada, brindados por empresas dedicadas al rubro. El auge del outsourcing como una herramienta de gestión, puede ser identificada como origen más firme de esta tendencia. A través del outsourcing, el personal de la empresa contratante se concentra en las actividades, funciones y procesos esenciales que forman parte del giro del negocio, incrementando la calidad y competitividad. Es así como tareas no centrales como la seguridad, limpieza, mantenimiento, entre otras, van desarrollándose en forma subcontratada.

No obstante, es imperativo consignar que esa tercerización se produce conservando las estructuras corporativas de conducción y control. Esto es, gerencias o jefaturas de Seguridad Corporativas, cuyos controlados son personal integrante de prestadoras de servicios. Surge también una diversificación de la seguridad privada en distintos nichos comerciales (con requerimientos regulatorios, de capacitación y de equipamiento específicos).

Corporaciones que ofrecen, no sólo servicios con requerimientos operativos estandarizados, sino servicios de seguridad en eventos de concurrencia masiva, seguridad en ámbitos portuarios, aeroportuarios, custodia personal de personas de alto valor, custodia de valores en su traslado, e infinidad de variantes que sería imposible enumerar sin caer en omisiones.
También hay organizaciones que ofrecen servicios dentro de su nicho en forma excluyente, y son subcontratadas por otras empresas del sector cuando es menester la especificidad, tanto en el aspecto operativo, como en el marco regulatorio. Indudablemente, la consecuencia lógica fue la profesionalización de actores y organizaciones. En todos los casos, es indudable que el sector se convirtió en uno de los principales empleadores de mano de obra intensiva. Es decir, en uno de los motores de la economía formal.

LOS MARCOS REGULATORIOS, SU EVOLUCIÓN E IMPACTO

Este incremento prestacional fue acompañado por el desarrollo e intensificación de los marcos regulatorios de la actividad, tanto en los ámbitos nacionales y provinciales. Obviamente, existe una legitimidad indiscutible del Estado en el control de la actividad, al ser único portador válido del ejercicio de la fuerza pública y siendo los servicios de seguridad privada, sus auxiliares ante requerimiento de apoyo y colaboración.
Asimismo, es menester el estrecho control para prevenir la informalidad operativa y laboral, como también la ilegalidad y conductas delictivas enmascaradas bajo las empresas, tales como actividades delictivas de espionaje, reunión de información privada y otras violaciones a la ley. Las características particulares de cada nación son un dato indispensable para una exacta dimensión del tema.

REGULACIONES NACIONALES

En un país federal como la Argentina, existen regulaciones desde organismos nacionales en su ámbito específico. Sólo ejemplos de regulación nacional son:

ANMAC (Administración Nacional de Materiales Controlados): organismo ante el cual las empresas deben gestionar las autorizaciones para utilizar armas de fuego propias y materiales especiales, tanto como Usuario Colectivo, como para cada uno de los dependientes.
ENACOM (Ente Nacional de Comunicaciones): donde la organización recibe autorización y asignación de una frecuencia radioeléctrica operativa para utilizar en sus comunicaciones.

REGULACIONES PROVINCIALES

Asimismo, los gobiernos provinciales conservan autoridades propias no delegadas en el gobierno nacional. Una de ellas es la Seguridad Pública. En tal sentido, las provincias tienen la facultad de la regulación de estos servicios de seguridad privada, de acuerdo con legislación propia. Esto implica que una empresa, para prestar servicio en una provincia determinada, debe obtener los permisos correspondientes a la legislación local, además de los nacionales.
    Estas regulaciones (otorgamiento de las habilitaciones pertinentes para cada ítem), no se limitan sólo a aspectos administrativos, legales y económico-financieros, sino que también resultan eminentemente operativos. En efecto, el estado provincial regula, por ejemplo, cuáles son aquellos lugares (objetivos) donde las empresas pueden gestionar autorizaciones para prestar servicios con armas de fuego, y cuáles no.

REGULACIONES Y SU IMPACTO EN EL OUTSOURCING

En países como Argentina, la contratación de una empresa de seguridad que incumple el marco normativo (sea Nacional o Provincial), deja expuesta no sólo a la prestadora, sino también al contratante, al tener éste obligación de control. En este aspecto hay coincidencia. Es dable decir que, si bien los marcos regulatorios existían desde tiempo antes, eran bastante generales e inespecíficos, además de escasamente controlados por las autoridades de aplicación respectivas. Esto cambió. Ya no es tan sencillo el outsourcing: los responsables de contrataciones debieron capacitarse en regulaciones y parámetros de medición.
    Esto es, en la evaluación de los indicadores básicos e indubitables de la capacidad del contratado de cumplir los compromisos asumidos, tanto desde la visión del marco regulatorio, de la capacidad operativa, como también legal, económica y financiera. De tal manera, evaluaciones de contrataciones que antes se realizaban con los integrantes de Compras, hoy requieren un análisis multisectorial y multidisciplinario. Pliegos de licitaciones que eran simples y sintéticos, hoy llevan infinidad de especificaciones técnicas y anexos específicos, antes impensados. Todo ello en resguardo de eventuales responsabilidades compartidas. Asimismo, una participación activa de los sectores responsables de los Programas de Integridad o Cumplimiento, genéricamente llamados Compliance.

REGULACIONES Y PROFESIONALIZACIÓN

De la mano de las regulaciones, y como uno de los aspectos más positivos aportados, también vinieron las exigencias de capacitación para el personal de vigilancia, como un requisito impuesto para toda tramitación de habilitación. Es decir que, en un sector donde la capacitación era, con suerte, inicial y luego asistemática y netamente pragmática, se produce la aparición de la formalidad en la capacitación profesional periódica y obligatoria para poder desempeñarse en la actividad.
También es dable aceptar que lo que hizo la regulación es dar respuesta a una necesidad de la actividad, uniformándola y dándole formalidad. En notas posteriores me referiré a la capacitación como el gran valor agregado de los servicios de seguridad privada.

LAS “DEUDAS” DE LA REGULACIÓN

Como conclusión de este primer artículo, quería referirme a cuestiones pendientes (según mi opinión) de las regulaciones, a saber:

1. Pese al tiempo transcurrido, no haber logrado un ensamble eficiente entre la seguridad pública la seguridad privada como su auxiliar, de acuerdo con la legislación vigente.
2. Disminuir la cantidad y complejidad de la burocracia, dificultando su cumplimiento, en muchos casos con un efecto y objetivo sólo recaudatorio, desperdiciando la información operativa disponible para lograr el punto 1. anteriormente descripto.
3. Proporcionar un espacio de debate con las cámaras empresarias del sector, la academia y otros actores, a efectos de instrumentar las soluciones necesarias.

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